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  • Consejos para la Venta

    De una propiedad en España

    Stand Inmobiliario tiene una gran experiencia en la gestión y la intermediación en la compra y venta de propiedades. Nuestro equipo les recomienda a todas las personas que quieren vender una propiedad, que contraten los servicios de un profesional para ayudarles y asesorarles en este proceso. Los tiempos han cambiado y hay que adaptarse al mercado de hoy en día, si el objetivo es vender una propiedad y no perder clientes potenciales. Es un mercado con tendencia de disminución de los precios, el precio de la vivienda es una clave fundamental y debe ajustarse a las realidades del mercado. En Stand Inmobiliario nuestro equipo de profesionales le realizara un estudio de mercado actualizado.

    OBLIGACION TRIBUTARIA DEL VENDEDOR

    Impuesto sobre el Patrimonio:

    El vendedor se hará cargo de su impuesto de plusvalía. Este es el impuesto basado en el aumento de la propiedad a partir de la fecha de compra original a la fecha en que fue vendida.  Desde enero del 2012 el Impuesto sobre Ganancia de Capital se ha incrementado del 19 al 21%. Todos los gastos que se desarrollan en la compra y venta de la propiedad se pueden deducir si van acompañados de sus recibos originales. Por lo tanto todos los impuestos de compra, gastos notariales, comisión de la agencia, honorarios de abogados, etc se pueden deducir de los cálculos.

    Plusvalía:

    Los vendedores son responsables de pagar el impuesto de plusvalía. Este impuesto está fijado por las autoridades locales y se basa en el incremento del valor de la tierra. Desde la fecha en que el propietario adquirió la vivienda hasta el momento de la venta. Las autoridades locales determinaran la cantidad a pagar y se calcula en función del valor tasado de la propiedad y el número de años que ha estado en propiedad del vendedor.

    Gravámenes:

    Los vendedores también deben pagar los gastos de cancelación sobre la propiedad, tales como hipoteca. Si el comprador tiene intención de comprar con hipoteca, entonces se puede considerar subrogar la hipoteca original del vendedor ya que será más barato que la creación de una nueva hipoteca.

    Retención:

    Si el vendedor no es residente y ha sido propietario de un inmueble por menos de 10 años, es importante saber que el comprador está obligado a retener un 3% del precio de compra y entregarlo en la Hacienda española. De esta forma el gobierno español se asegura que el comprador pagara en su I.R.P.F el impuesto correspondiente derivado de la venta del capital inmobiliario. Una vez que la cantidad exacta haya sido calculada, el  vendedor recibirá un reembolso o se le exigirá un pago adicional para cubrir el pago total del impuesto.

    Si el vendedor no retiene esta cantidad del comprador debe saber que se convierte en responsable por el  pago de este impuesto.