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  • A partir del 12 de Mayo de 2016 sera totalmente legal el alquiler de viviendas turístico vacacional en Andalucía, siempre que esta vivienda este en suelo residencial, si es suelo terciario/turístico, se catalogara como apartamento turístico, ya que tiene que transcurrir 3 meses desde la publicación en el BOJA para que entre en vigor el Decreto. Esto significa que las viviendas turísticas están dentro de la legalidad gracias a esta regularización.
    Una norma que viene a cubrir el vacío legal en el que se encontraban los aproximadamente 80.000 inmuebles turísticos (unas 400.000 plazas) que hay en la región, cifras que ofrece el sector y que el Gobierno andaluz reconoce que no son oficiales por la dificultad de cuantificar el "mercado negro". Estas son las claves de la normativa.
    Objetivos. La Junta pretende con este decreto evitar el fraude, la clandestinidad y la competencia desleal, además de garantizar los derechos de los usuarios.
    Definición. La norma considera que una vivienda turística es aquella que se ubica en suelo residencial y ofrece alojamiento "de manera habitual y con fines turísticos", mediante el establecimiento de un precio, con comercialización a través de canales como agencias de viaje, empresas mediadoras y medios que incluyen la posibilidad de reservar.
    Registro. Los propietarios estarán obligados a inscribir la vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía. Los inmuebles no censados serán considerados como clandestinos.
    Registro de viajeros. Asimismo, los dueños deberán llevar al día un registro de viajeros, lo que permitirá, según el Gobierno andaluz, "garantizar la seguridad pública".
    Requisitos mínimos. Además de contar con la licencia de ocupación correspondiente, las viviendas turísticas tendrán que cumplir unos mínimos en cuanto a ventilación exterior e interior (la norma obliga a poner aire acondicionado en habitaciones y salones de mayo a septiembre), mobiliario, menaje y ropa de cama, limpieza a la entrada y salida de los turistas, tener un botiquín de primeros auxilios, hojas de reclamaciones, información turística y un teléfono de atención para incidencias durante la estancia.
    Capacidad. Será, en todos los casos, de cuatro personas como mucho por habitación. Aunque el nuevo decreto distingue entre viviendas que se alquilan completas, cuya capacidad máxima será de 15 personas; y las que se alquilan por habitaciones, con un máximo de seis y donde, obligatoriamente, tendrá que residir el propietario.
    Plazos. Los propietarios tendrán un plazo de tres meses para censar su vivienda turística desde que el decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), en los próximos días. Una vez registrada, y en caso de que tengan que realizar alguna obra estructural para adecuarse a los requisitos, contarán con un año más. Turismo calcula que el registro estará operativo en mayo y, por tanto, disponible para su consulta por parte de los turistas en verano.
    Alquileres
    Sanciones. La normativa contempla sanciones de hasta 18.000 euros en el caso de las graves y de hasta 150.000 euros para las muy graves. La Junta confía en "tener la máxima eficiencia con la plantilla de inspectores que hay actualmente" para detectar infracciones, sin que se contemple un aumento de estos profesionales.
    Excepciones. No estarán sujetas a este decreto las viviendas alquiladas durante más de dos meses consecutivos por una misma persona (situación que se contempla en la Ley de Arrendamiento Urbano); las que estén ubicadas en el entorno rural (como las del Rocío); y las que se cedan sin contraprestación económica. Pero, ¿qué sucede con los alquileres de playa por semanas o quincenas? Según la Junta, al no ser una actividad "habitual" quedarían excluidas de este decreto y no estarían obligadas a inscribirse en el registro, pero sí a establecer una "relación legal" mediante la firma de un contrato.
    Portales especializados. La Junta se encuentra negociando con portales especializados, como Airbnb, para que estos solo incluyan en su oferta viviendas que estén inscritas en el registro. En caso de que no acepten las condiciones, "se buscarán los recursos legales para alcanzar" el acuerdo, ha señalado el consejero de Turismo, Francisco Javier Fernández. Habrá que cumplir unos requisitos mínimos de ventilación, limpieza, menaje, información...
    Apartamentos. El Gobierno andaluz también ha aprobado una modificación del decreto que regula la actividad de los apartamentos turísticos, conjuntos formados por tres o más viviendas de un mismo propietario en un mismo inmueble o grupo de inmuebles. Se permitirá que estos conjuntos puedan situarse sobre suelos de uso turístico y terciario. Y se incorporan nuevas figuras, como las casas-cueva.